CÓDIGO DE CONDUCTA Y PRINCIPIOS ÉTICOS.

I. INTRODUCCIÓN

EMVICESA, es una sociedad mercantil local de capital social íntegramente público, suscrito en su totalidad por la Ciudad Autónoma de Ceuta. Es, por tanto, un ente del sector público con personalidad jurídica propia que actúa bajo la forma de sociedad anónima cuyo objeto social es llevar a cabo la competencia en materia de vivienda que la Ciudad de Ceuta ostenta en virtud del art. 21 del Estatuto de Autonomía de (L.O. 1/1995 de 13 de diciembre).

De conformidad con lo previsto en el artículo 85.2 d) de la Ley 7/19856, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, las sociedades mercantiles se rigen, cualquiera que sea su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, salvo las materias en que les sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero, de control de eficacia y contratación.

En este contexto, como parte del compromiso de buen cumplimiento normativo asumido por la empresa, EMVICESA promueve la elaboración del presente Código de Conducta y Ética que establezca los Valores, Principios y Normas de Conducta que han de regir el modo de actuación de la Empresa.

El Código tiene como objetivo establecer unos valores y pautas de comportamiento responsable y transparente que orienten a todas las personas que forman parte de EMVICESA en el desarrollo de su actividad profesional diaria y en su relación con todos los Grupos de Interés. Todo ello como parte del compromiso de la empresa municipal con la Responsabilidad Social Corporativa, la legislación aplicable, la cultura y los valores de la organización, y con el compromiso adquirido para mejorar la eficiencia, la transparencia y la integridad en la gestión del Buen Gobierno y la Ética.

Para poder elaborarlo, se ha tomado como marco de referencia, el Pacto Mundial de las Naciones Unidas sobre compromiso ético, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las Directrices de la ODCE, la Declaración Universal de los Derechos Humanos así como la Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2007, sobre la responsabilidad social de las empresas, y la reciente Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, así como otras normas de aplicación como las de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional sobre los derechos económicos, sociales y culturales, la Estrategia Europea 2020, Constitución Europea, etc.

Además de los compromisos éticos y de integridad institucional asumidos por la empresa, EMVICESA está sujeta a las disposiciones legales vigentes y, más en concreto, este Código de Conducta se encuadrará en la decisión del Consejo de Administración de implantar un modelo de prevención, organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir la comisión de delitos en el ejercicio de las actividades sociales o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.

Por último, EMVICESA promoverá el conocimiento del presente Código entre sus miembros, empleados, proveedores, suministradores y usuarios, para que su situación se guíe por los principios y valores aquí definidos.

Por estos motivos, se ha redactado el presente Código de Conducta y Principios Éticos que será presentado, para su aprobación, al Consejo de Administración de la Sociedad EMVICESA.

II. ÁMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN

El presente Código de Conducta se aplicará a las siguientes personas, sean físicas o jurídicas, según los casos:
I. Empleados de EMVICESA con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral y puesto de trabajo que ocupen.

II. Estudiantes en prácticas, en la empresa.

III. Directivos de EMVICESA, con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral o mercantil y posición que ocupen. Serán considerados directivos en todo caso, los miembros de la Alta Dirección (definidos como aquéllos que tengan dependencia directa del Consejo de Administración) así como todos los jefes o responsables de departamento de la sociedad.

IV. Miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, sea cual sea la composición, forma y régimen de funcionamiento de dicho órgano y tengan o no voto. Se considerarán miembros tanto los Consejeros como el Interventor y Secretario del Consejo.

V. Miembros de la Junta General de Accionistas de la Sociedad. sea cual sea la composición, forma y régimen de funcionamiento de dicho órgano y tengan o no voto. Se considerarán miembros tanto los Consejeros como el Interventor y Secretario del Consejo.

VI. Usuarios, proveedores, y cualesquiera otros grupos de interés que, aunque no se mencionen de forma específica en el presente Código de Conducta, tuvieran vinculación directa con EMVICESA, en la medida en que este documento pueda resultarles de aplicación y siempre que la empresa tenga capacidad de hacerlo efectivo.

III. ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO

Todos los Sujetos Obligados deben aceptar y hacer suyo este Código.
EMVICESA adoptará las medidas necesarias para hacer efectivo el conjunto de valores, principios y normas que componen el presente Código, asegurando la difusión entre los destinatarios de su contenido y resolviendo las dudas que su aplicación pueda generar. A tal fin procurará, en la medida en que sea posible, que los sujetos obligados y el resto de actores implicados se comprometan a su cumplimiento, de modo que dichos valores, principios y normas, junto con la legislación aplicable en cada caso, tutelen el ejercicio de sus actividades o sus relaciones comerciales, de negocio o institucionales con esta sociedad.
Nadie, independientemente de su posición en la sociedad EMVICESA está autorizado para solicitar a un destinatario del Código de Conducta que vulnere lo que en él se establece. Ningún sujeto obligado podrá justificar una conducta que atente contra el Código o una mala práctica amparándose en una orden superior o en el desconocimiento del contenido del Código.

IV. RESPONSABILIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

Todos los actores obligados están sujetos al cumplimiento de los siguientes compromisos:

1. Conocer el Código de Conducta y tomar sus decisiones de acuerdo a estos principios y a las políticas que emanan de los mismos.

2. Además, deberán comunicar de forma solidaria cualquier sospecha de existencia de procesos y actuaciones que contravengan lo dispuesto en el presente Código de Conducta.

El quebrantamiento por parte de los destinatarios del Código y de las normas derivadas del mismo, podría dar lugar a la apertura e iniciación de los procedimientos previstos a tal efecto en la normativa correspondiente, incluidos, entre ellos, el despido y la resolución de las relaciones contractuales previamente establecidas.

Todos los Directivos tienen las siguientes obligaciones:

1. Comunicar el Código a sus equipos.
2. Liderar su cumplimiento a través del ejemplo.
3. Apoyar a sus equipos en los dilemas éticos y de integridad que puedan surgir en cada momento.
4. Corregir desviaciones detectadas en el cumplimiento del Código de Conducta.
5. Establecer, adecuadamente, procedimientos que aseguren el cumplimiento del Código en sus áreas de responsabilidad.
6. Informar al Gerente de EMVICESA acerca de los comportamientos y hechos contrarios a lo dispuesto en el presente Código.

V. COMPORTAMIENTO ÉTICO Y RESPONSABLE. PRINCIPIOS GENERALES

Los sujetos obligados deben procurar conocer y cumplir, diligentemente, las leyes y normativas aplicables a su ámbito de actuación y lugar de trabajo. Así mismo, deberán cumplir sus funciones y obligaciones, respetando los procedimientos establecidos en su sector de actividad.

En caso de duda, las personas obligadas podrán obtener asesoramiento acerca de cómo cumplir con el contenido del presente Código y el resto de las normas que sean de aplicación a través de su superior jerárquico, en aquellos supuestos en los que resulte posible o, en su caso, a través del departamento de Personal y/o la Gerencia.

Además del cumplimiento del presente Código, de la legislación aplicable en cada caso y de los procedimientos internos de EMVICESA, todos los destinatarios deberán demostrar en todo momento un comportamiento ético e íntegro en todas sus actuaciones y evitar cualquier conducta que pueda perjudicar la reputación de EMVICESA y afectar de manera negativa a sus intereses e imagen pública.

Respeto por la Ley.
Los sujetos obligados, deberán:

a) Cumplir con las leyes vigentes en todo el territorio español, donde se desarrolla la actividad de la empresa.

b) Conocer y cumplir los procedimientos y normas internas propios de EMVICESA.

c) Reconocer y aceptar libremente los principios y normas que emanan del presente Código.

EMVICESA y todos sus integrantes, declaran y se comprometen siempre y ante cualquier escenario a no realizar conductas, comportamientos o prácticas que puedan considerarse irregulares, ilegales, delictivas o poco éticas en el desarrollo de sus relaciones con usuarios, proveedores, suministradores, autoridades públicas, etc.; incluyendo las relativas a la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

En el ejercicio de su actividad profesional ningún destinatario colaborará, conscientemente, con terceros en la transgresión de ninguna ley, tanto nacional como internacional, ni cooperará con ellos en acciones y/u omisiones que pongan en tela de juicio el principio de legalidad o que puedan, de ser conocidas, dañar la imagen de EMVICESA, de sus directivos, empleados, usuarios o de terceros en general.

Honestidad, transparencia y confianza.

Los destinatarios deberán ser honestos, transparentes y merecedores de confianza en todas las actividades de EMVICESA principalmente en sus relaciones con usuarios, proveedores y resto de empleados, cumpliendo con los compromisos adquiridos.

A la par, protegerán la confidencialidad de la información de la Empresa que les ha sido confiada, así como la relativa a usuarios, empleados o proveedores, con fiel respeto y cuidado en materia de protección de datos de carácter personal a los que tuvieran acceso.

Integridad.

La integridad empresarial es un principio clave de la cultura existente en EMVICESA. Los destinatarios habrán de comportarse siempre con la máxima integridad en su ámbito profesional, rechazando cualquier tipo de práctica que pudiera atentar contra ella.

Bajo ningún concepto, los sujetos obligados ofrecerán o aceptarán regalos, invitaciones, prebendas y/u otro tipo de incentivos que puedan recompensar o influir en una decisión empresarial.

Además, evadirán o expondrán cualquier conflicto de intereses que pueda aventajar prioridades personales a las empresariales y se comportarán con rectitud e integridad, sin buscar en ningún caso beneficio propio o de terceros a través del uso indebido de su posición o contactos en EMVICESA.

Se entiende por conflicto de interés, el escenario donde puedan confrontarse de manera directa o indirecta el interés personal del sujeto obligado (o de personas vinculadas a él) y el interés de la Sociedad.

Del mismo modo, los sujetos obligados, cuando actúen en representación de EMVICESA lo harán con total neutralidad política, velando, en todo momento, por los intereses de la empresa a la que representan. En particular, no se efectuarán donaciones o aportaciones de ninguna naturaleza en representación de EMVICESA o usando recursos de la sociedad, a partidos políticos, federaciones, coaliciones, agrupación de electores, organizaciones, facciones, movimientos o, en general, a entidades, sean éstas de carácter público o privado, cuya actividad esté claramente vinculada con la actividad política.

VI. COMPROMISOS CON LOS AGENTES DE INTERÉS

COMPROMISO CON LAS PERSONAS

Derechos Humanos y laborales

EMVICESA acepta los derechos humanos como derechos universales y fundamentales, interpretándolos de acuerdo a las leyes y prácticas internacionales, en concreto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a los principios establecidos por la Organización Internacional del Trabajo. En este escenario, la empresa respetará y fomentará, siempre, los derechos humanos.

Las relaciones entre todos los destinatarios deben basarse siempre en el respeto a la dignidad y no discriminación de las personas.

EMVICESA rechaza cualquier conducta, comportamiento o acción encaminada a fomentar, promover o incitar, directa o indirectamente, a la violencia, al odio, a la hostilidad o la discriminación contra un grupo, por motivos racistas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, situación familiar, enfermedad o discapacidad.

La empresa prohíbe con contundencia la realización de cualquier tipo de acto humillante contra las personas, el abuso de autoridad y cualquier tipo de acoso, ya sea de tipo físico o psicológico, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno de trabajo intimidatorio u ofensivo para las personas. No se permitirá ningún tipo de empleo infantil o trabajo forzado.

Derecho a la Intimidad

EMVICESA se compromete a no divulgar datos de carácter personal de sus usuarios, trabajadores y de terceros, salvo consentimiento expreso de los interesados y en los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales y/o administrativas. De ninguna manera, tales datos de carácter personal podrán ser utilizados para fines distintos de los contractual o legalmente previstos.

Desarrollo profesional

La empresa promoverá el desarrollo personal y profesional de sus empleados, fomentando su implicación en la mejora de sus propias capacidades y competencias. Las acciones relacionadas con la selección, contratación, formación y promoción interna de los empleados deberán estar basadas en criterios claros de capacidad, mérito y competencia profesional. Se tendrá en cuenta la promoción interna de los trabajadores para cubrir las posibles vacantes que puedan surgir.

Retribución y Conciliación

EMVICESA ofrecerá a sus empleados una retribución justa y adecuada al sector en el que desempeña su actividad, cumpliendo con las obligaciones laborales y de Seguridad Social legalmente establecidas así como el convenio colectivo en vigor en cada momento.

Así mismo, la empresa velará por facilitar, en la medida de lo posible, la conciliación laboral con la vida familiar y personal de sus trabajadores.

Por otra parte, la sociedad se compromete a contratar a personas que ostenten una situación migratoria regular y cuya edad le permita trabajar.

Compromiso con la seguridad y salud de las personas

EMVICESA procurará disponer un ecosistema de trabajo seguro y saludable para los sujetos obligados, adoptando cuantas medidas sean necesarias para garantizar la prevención de riesgos laborales, a través de la contratación de un servicio externo especializado en materia de prevención de riesgos laborales. 

La empresa se compromete a respetar y cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales y se facilitarán siempre los medios necesarios para que los empleados desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que prevalezca siempre y en todo caso la protección de su vida, salud e integridad física y psicológica.

Todos los trabajadores serán responsables de mantener su espacio de trabajo, siguiendo las prescripciones de seguridad y salud establecidas por la legislación en vigor, así como las que pudiera establecer la empresa a través de su servicio de prevención.

Consumo de alcohol y drogas

Queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y/o de cualesquiera sustancias prohibidas por la Ley por parte de los empleados durante el horario de trabajo, así como acudir al centro de trabajo bajo el efecto de las mismas.

Consumo de tabaco

El consumo de tabaco queda regulado según la actual normativa vigente en el territorio español. En cualquier caso, EMVICESA no permite a sus trabajadores fumar en las dependencias del centro de trabajo.

En aquellos espacios donde esté permitido fumar (zonas colindantes al edificio, terrazas) prevalecerá el respeto hacia las personas no fumadoras, grupos vulnerables y/o menores de edad.

COMPROMISO CON LOS USUARIOS

Orientación al usuario

EMVICESA dentro de su estrategia empresarial genérica apuesta, decididamente, por poner el foco sobre el usuario. En este sentido, la eficacia en la calidad de servicio, la transparencia y honestidad en los comportamientos y el trato, deben ser principios que queden grabados “a fuego” en el método de trabajo diario de todos los empleados de EMVICESA.

La sociedad procurará adaptar sus procesos y estándares de trabajo, siempre, orientados hacia la mejora continua y la maximización de la satisfacción de sus usuarios y clientes, garantizando la transparencia, la calidad de servicio y la agilidad en la resolución de incidentes y/o conflictos.

COMPROMISO CON LOS PROVEEDORES

Política de compras

EMVICESA se configura como una entidad empresarial pública que presta su servicio en el área de vivienda. En este sentido, su política de compras y por ende, su relación con los proveedores debe regirse según los principios y directrices estipuladas por la Ley de Contratos del Sector Público vigente en todo el territorio español.

Se pondrá especial vigilancia en no establecer relaciones comerciales con proveedores que pudieran estar implicados en conductas o comportamientos poco éticos o íntegros y, en especial, en actividades relacionadas con la prostitución y corrupción de menores, el fraude y la corrupción pública y privada, el blanqueo de capitales y la financiación de organizaciones criminales o terroristas.

EMVICESA mantendrá relaciones mercantiles con sus proveedores en un marco de legalidad y de forma ética, honesta y transparente.

Todo proveedor deberá operar cumpliendo escrupulosamente con la normativa vigente. Además, se responsabilizarán de que las empresas subcontratadas trabajen bajo las normas promovidas por el presente documento y dentro del compendio legal correspondiente.

Los proveedores que decidan enlazar relaciones comerciales con EMVICESA, deberán mantener un enfoque orientado al respeto de sus empleados y garantizando su cumplimiento de las medidas preventivas para la seguridad y salud de los mismos.

EMVICESA se reserva el derecho a resolver su relación contractual con aquellos proveedores que incurran en incumplimientos del Código de manera reiterada o grave, pudiendo reclamarles indemnización por daños y perjuicios.

COMPROMISO CON LA SOCIEDAD

Desarrollo económico y social

EMVICESA se configura como uno de los principales promotores de viviendas sometidas a cualquier régimen de protección pública, en la Ciudad de Ceuta, ya sea en venta como en alquiler. En este sentido, EMVICESA se enorgullece de poder facilitar a los ciudadanos empadronados en Ceuta y que cumplan determinados requisitos (ingresos, edad, grado de discapacidad, etc), el acceso a una vivienda digna, forma activa.

Cumplimiento en materia Tributaria, de Seguridad Social y de Fondos Públicos

EMVICESA asume la aplicación de unas buenas prácticas tributarias y de seguridad social, manifestando, así, su firme compromiso de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Además, rechaza cualquier forma de fraude a las distintas Haciendas Públicas y organismos de la Seguridad Social, incluido el fraude de ayudas, fondos y subvenciones públicas.

COMPROMISO CON LOS RECURSOS Y ACTIVOS DE EMVICESA

Protección de datos de carácter personal

EMVICESA y todos sus profesionales, respetarán siempre la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. En este sentido, todos los datos de este tipo que se almacenen y/o intercambien durante el desempeño de la actividad diaria, deberán recibir el tratamiento adecuado, siendo incorporados a nuestras respectivas bases de datos conforme a la normativa de aplicación.

Uso adecuado de los recursos materiales a disposición de los empleados

Los empleados de EMVICESA, son los responsables de la gestión y conservación de los recursos (incluidos los medios informáticos y electrónicos) que la empresa pone a su disposición para el ejercicio de su trabajo diario. Dichos elementos, no se utilizarán de forma abusiva, ni en beneficio propio o para actuaciones que pudieran afectar a la imagen de la sociedad.

Los sujetos obligados se comprometen a hacer un uso adecuado y acorde a los estándares y procedimientos internos establecidos sobre los recursos que la sociedad pone a su disposición. Además, deberán ser utilizados, únicamente, para el desarrollo de sus actividades profesionales y evitar su uso particular, salvo que de forma excepcional y justificada, así se autorice.

En cualquier caso, la información contenida en los recursos informáticos y tecnológicos puestos a disposición de los trabajadores, por parte de la empresa, será considerada profesional y en ningún caso privada o personal; pudiendo acceder la empresa a la misma a los efectos de realizar los controles y/o comprobaciones que resulten necesarios, proporcionados y convenientes, siempre con respeto a la legalidad vigente en la materia. 

Queda terminantemente prohibido borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesible de cualquier modo datos, programas informáticos o documentos electrónicos de EMVICESA así como, obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de sus sistemas, aplicaciones y programas informáticos.

Los destinatarios sólo podrán acceder a los sistemas informáticos a los que estén autorizados, con los equipos y accesos facilitados por EMVICESA y con las licencias oportunas

Uso adecuado de las Redes Sociales y Medios de Comunicación

Los destinatarios del presente Código de Conducta, no deberán utilizar las redes sociales y demás medios de comunicación social para difundir información, realizar manifestaciones, utilizar expresiones o mostrar imágenes que puedan afectar negativamente a la imagen y reputación de EMVICESA o que puedan atentar contra la profesionalidad de sus directivos o empleados o contra el honor de los usuarios o de terceros, en general.

Protección de la Información confidencial y privilegiada

Todos los sujetos obligados deben mantener el más estricto secreto profesional y guardar confidencialmente toda la información que manejan en el transcurso de su labor profesional.

A tales efectos, se define como información confidencial cualquier información susceptible de ser revelada de palabra, por escrito o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, a la que pudiera tener acceso el sujeto obligado durante su desempeño, o por cualquier otra vía lícita o ilícita, incluyendo, de forma meramente enunciativa, la información relacionada con las bases de adjudicación de viviendas, listado de adjudicatarios, beneficiarios de subvenciones, planes estratégicos, previsiones financieras, presupuestos, contraseñas informáticas, procesos, publicidad, acuerdos, contratación de suministros, servicios u obras, contratación de personal, información sobre facturación, datos de usuarios, y cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual o industrial (se hallen registrados o no). Además de todos los elementos propios de los servicios que EMVICESA ofrece en el área de la vivienda, así como cualquier tipo de información que identifique EMVICESA como confidencial y propiedad de la sociedad.

Los sujetos obligados no podrán acceder, utilizar o revelar la información confidencial a no ser que hayan sido debidamente autorizados por la Gerencia de la sociedad.

En lo que respecta al tratamiento y manejo de la información confidencial, serán de aplicación las siguientes normas:

• Toda la información será salvaguardada y mantenida de forma rigurosamente confidencial.

• Los sujetos obligados únicamente podrán desvelar y utilizar la información confidencial, para la misión y objeto de trabajo que tenga encomendados en su contrato laboral, o relación que le vincule a EMVICESA.

En el caso de que necesite el apoyo de un tercero y fuera, estrictamente, necesario revelarle la información confidencial, el sujeto tomará las medidas necesarias para que la información sea debidamente protegida, pudiendo suscribir un contrato escrito y vinculante de confidencialidad, con todas las garantías que la ley ofrece.

• El sujeto obligado no desvelará, directa o indirectamente, la información a terceras personas.

• La información no podrá ser duplicada, copiada o reproducida, total o parcialmente, sin la autorización previa por escrito de EMVICESA.

• Los sujetos obligados tienen el compromiso de notificar, a la mayor brevedad posible, cualquier uso inapropiado de información confidencial.

• Está terminantemente prohibido el almacenamiento de información en ordenadores u otros medios privados y no facilitados y/o autorizados por la empresa.

• En el supuesto de que un empleado o agente vinculado tuviera que portar información fuera de las instalaciones de EMVICESA para desempeñar su labor y actividad, deberá devolver dicha información, toda vez que finalicen las tareas a realizar fuera del centro de trabajo, guardando la debida confidencialidad respecto a la información en sí misma como a la gestión realizada y entregándola y dando únicamente cuenta a su superior o a la Gerencia.

En cualquier caso, los sujetos obligados evitarán lucrarse personalmente, o a través de un tercero vinculado, de cualquier oportunidad de negocio y/o actividad lucrativa, como consecuencia de un acceso a información privilegiada durante el desempeño de sus funciones en EMVICESA.

Robos o apropiaciones indebidas de los activos

EMVICESA pone a disposición de los sujetos obligados los recursos necesarios para el ejercicio de su actividad profesional. La apropiación indebida y la utilización inapropiada de estos activos, además de desencadenar las acciones disciplinarias correspondientes en el ámbito laboral, serán penalmente perseguidas.

COMPROMISO CON LA PREVENCIÓN Y EVASIÓN DE PRÁCTICAS FRAUDULENTAS O POCO ÉTICAS

Manipulación de la Información financiera

La sociedad EMVICESA se acoge a los principios de transparencia e imagen fiel a la hora de comunicar la información pública veraz, tanto financiera y contable, como de otra índole. Además y por imperativo legal, la Sociedad contratará los servicios de auditoría externa de sus cuentas anuales e informe de gestión y procederá a su inscripción en el Registro Mercantil. Por otro lado, toda la información financiera será sometida a un exhaustivo control interno y fiscalización tanto desde el Departamento Económico-Financiero de la sociedad como desde la Intervención del Consejo de Administración. De igual modo, se llevará a cabo una fiscalización por el Tribunal de Cuentas, al que se facilitará toda la información que legalmente la sociedad deba facilitarle así como aquella otra que dicho órgano requiera.

Por tanto, los sujetos obligados no deben proporcionar información incompleta (tendente a error), falsificada, inexacta o incorrecta; puesto que toda infracción que conlleve la manipulación, falsificación o utilización indebida de información constituye un fraude y, por tanto, un hecho delictivo perseguible.

De forma más específica los empleados y demás figuras asociadas a EMVICESA se abstendrán de:

• Utilizar soportes extracontables para el registro de operaciones y no registrarlas en libros oficiales.

• Llevar contabilidades distintas que, referidas a un mismo ejercicio económico, oculten o simulen la verdadera situación de la empresa.

• Registrar gastos, ingresos, activos o pasivos inexistentes o que no se ajustan a la realidad.

• Omitir en los libros de registro obligatorios transacciones económicas, o inscribirlas con cantidades o cifras distintas a las verdaderas.

• Cometer falsedad documental.

• Destruir, intencionada y premeditadamente, documentos antes del plazo previsto por la ley.


Lucha contra la corrupción privada y pública

EMVICESA rechaza cualquier tipo de corrupción ya sea en el ámbito público, como privado.

Los sujetos obligados, por sí mismos o a través de terceros interpuestos, no podrán solicitar, ni aceptar, en el desempeño de sus funciones, un beneficio para sí, para la empresa o para un tercero, como contraprestación por haber favorecido indebidamente a otro en sus relaciones comerciales; y viceversa.

Con carácter general, los sujetos obligados se abstendrán de aceptar regalos o muestras de hospitalidad que pudieran recibir de usuarios, proveedores, o de terceros en general, por un valor superior a 200 euros.

No se aceptarán regalos o muestras de hospitalidad, aunque tengan un valor inferior a 200 euros, cuando del contexto en que sean prometidos, ofrecidos o entregados pudiera surgir la sospecha razonable de que tratan de inducir a la realización de cualquier acción u omisión indebidas o como retribución a lo ya realizado.

De igual forma, los sujetos obligados, durante el desempeño de sus tareas, se abstendrán de prometer, ofrecer o entregar regalos o muestras de hospitalidad a usuarios, proveedores, agentes de interés o terceros en general, fuera de lo autorizado y debidamente justificado por la empresa.

Por su parte, en el sector público, queda terminantemente prohibida cualquier acción, conducta, comportamiento o práctica constitutiva de prevaricación, falsedad documental, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, corrupción, soborno o pago de comisiones, en las relaciones de los sujetos vinculados con EMVICESA, con las autoridades, empleados públicos y usuarios. De igual forma, EMVICESA luchará contra cualquier organización criminal cuyo objetivo sea la comisión de las mencionadas prácticas delictivas, poniéndolo en conocimiento de las autoridades pertinentes.

En conclusión, EMVICESA tiene una política de tolerancia cero a la corrupción y al fraude.

Por ello, cualquier obligado por este Código tiene el deber y la obligación de denunciar cualquier sospecha de fraude que pudiera detectar, con la finalidad de que se puedan adoptar las medidas correctoras oportunas.


Blanqueo de capitales e irregularidades en los pagos

Los empleados de EMVICESA deberán respetar, en todo momento, la normativa en vigor relativa al blanqueo de capital y financiación del terrorismo. En este sentido, prestarán especial atención a: los pagos y cobros en efectivo que resulten poco comunes por la naturaleza de la operación, los realizados mediante cheques al portador o aquellos efectuados en divisas distintas de las acordadas; comunicando, a través de los cauces y procedimiento establecidos por la empresa, aquellos que entiendan que son irregulares.

Además de esto, se informarán aquellos pagos en los que el ordenante o beneficiario sea un tercero no mencionado en los documentos contractuales existentes, así como, los efectuados en cuentas que no resulten las habituales de una determinada entidad o persona.


Conflictos de intereses y lealtad a EMVICESA

Se considerará que existe conflicto de interés en todas aquellas situaciones en las que se contrapongan, de forma directa o indirecta, los intereses de EMVICESA y el interés personal de alguno de sus empleados, directivos y/o miembros de los órganos de administración.

EMVICESA respetará todas aquellas actividades financieras y/o empresariales legales y que, además, no entren en confrontación con los intereses de la empresa; en las que participen sus empleados, directivos y/o miembros de los órganos de administración, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y hayan sido debidamente compatibilizadas (en caso de requerir tal condición).

Los grupos de interés, anteriormente citados, deberán evitar situaciones que pudieran suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de EMVICESA debiendo abstenerse de intervenir o influenciar (representando a la empresa o haciendo valer su estatus o condición en la misma) en la toma de decisiones en las cuales, directa o indirectamente, ellos mismos o una persona vinculada a ellos tuviera un interés personal.

En este contexto, se entenderá por persona vinculada a los empleados, directivos y/o miembros de los órganos de administración de la sociedad:

• El cónyuge, la pareja de hecho o las personas con análoga relación de afectividad.

• Los ascendientes, descendientes y hermanos del interesado o del cónyuge del interesado.

VII. VIGENCIA

El presente Código de Conducta ha entrado en vigor el día 20 de noviembre de 2020, fecha coincidente con su aprobación por el Consejo de Administración de EMVICESA y su plazo de vigencia será de carácter indefinido hasta que sea sustituido, renovado o modificado total o parcialmente.

VIII. DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD

EMVICESA adoptará todas las medidas necesarias para garantizar que todos sus destinatarios conozcan el contenido del Código y lo comprendan.

Para ello, este Código de Conducta será publicado en la página web de EMVICESA para dotarlo, además, de la mayor transparencia.

IX. CUMPLIMIENTO

EMVICESA garantizará el cumplimiento íntegro del presente Código. Todas las acciones contrapuestas a lo expuesto en este documento, deberán ser corregidas de forma inmediata y, si procede, serán sancionadas con arreglo a la normativa laboral vigente, con independencia del oportuno ejercicio de las acciones legales que pudieran llevarse a cabo contra el infractor.

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